Suicidios en prisiones: un problema invisible que exige acción inmediata
En Boutique de Derecho Penitenciario ponemos sobre la mesa las tasas de suicidio entre los internos, que superan ampliamente a las de la población general. Expertos y el Defensor del Pueblo reclaman protocolos especializados, seguimiento psicológico constante y personal capacitado, incluso en régimen abierto.
Los suicidios siguen siendo un tema tabú en nuestra sociedad, a pesar de ser la principal causa de fallecimiento tras las muertes naturales, superando incluso los accidentes de tráfico. Sin embargo, los Planes de Prevención existentes son insuficientes y poco visibles, dejando un vacío en la respuesta social necesaria.
Los suicidios entre personas privadas de libertad representan uno de los retos más serios y persistentes del sistema penitenciario español, y probablemente a nivel mundial. Esto no es solo un asunto de salud pública, sino también de Derechos Humanos, ya que el Estado tiene la obligación de proteger la vida e integridad de quienes están bajo su custodia. Las tasas de suicidio en prisiones son mucho más altas que en la población general.
Limitaciones de los programas actuales
En los últimos años se han impulsado figuras de internos que acompañan a personas con riesgo de suicidio, pero estas funciones de seguimiento no deberían recaer en otros reclusos, ya que carecen de la formación necesaria y pueden sufrir consecuencias psicológicas graves si ocurre un suicidio bajo su supervisión.
El Defensor del Pueblo ha subrayado que estas tareas deben ser desempeñadas por personal capacitado, y nunca pueden exigirse a los internos, ya que conllevan responsabilidad administrativa y profesional.
Recomendaciones del Defensor del Pueblo
En diferentes informes, el Defensor ha señalado la necesidad de:
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Eliminar elementos facilitadores de suicidio dentro de los centros.
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Contar con servicios médicos propios, evitando depender únicamente del 112.
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Garantizar que la Administración Penitenciaria cubra directamente la asistencia médica de los internos.
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Realizar valoraciones médicas y psicológicas antes de aplicar restricciones en el régimen de vida de los internos.
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Mejorar la atención sanitaria, especialmente en centros alejados del núcleo urbano.
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Avanzar en la transferencia de competencias sanitarias a los servicios autonómicos, cumpliendo la Ley 16/2003.
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Facilitar la suspensión de penas por enfermedad grave mediante la Instrucción 6/18.
Suicidios en régimen abierto: un riesgo subestimado
Aunque se espera que el régimen abierto reduzca ciertos estresores penitenciarios gracias a salidas, trabajo externo y mayor libertad, persisten factores de riesgo:
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Ansiedad e incertidumbre durante la transición del régimen cerrado al abierto.
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Problemas familiares o laborales.
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Falta de seguimiento psicológico activo y protocolos de valoración del riesgo de suicidio.
Medidas necesarias para la prevención
En régimen abierto es esencial:
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Mantener la evaluación de salud mental.
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Ampliar la cobertura de psicólogos, psiquiatras y trabajadores sociales.
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Mejorar la coordinación entre instituciones penitenciarias, salud pública, servicios sociales y ONGs.
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Facilitar lazos familiares y sociales, cruciales para la reinserción y prevención del suicidio.